01516nam a2200229Ia 4500001001200000008004100012040002600053041000800079043000900087044000700096082001900103110004900122245005800171260004200229300001800271500004200289520078700331650003801118650006601156650001301222710005101235mfn: 013138211226s9999 xx 000 0 und d aCo-BoDPbspacCo-BoDP aspa as-ck ack 221a323bI597p aInstituto de Derechos Humanos Guillermo Cano 0aPacto internacional de derechos civiles y políticos aSantafé de Bogotá :bESAP,c1991. a62 p.b24 cm. aIncluye índice analítico p. 51-62 aEl Pacto Internacional de derechos civiles y políticos fue aprobado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 16 de diciembre de 1966. Sus normas entraron en vigor el 23 de marzo de 1976, tres meses después de haberse depositado en la Secretaría General de las Naciones Unidas el 35o. instrumento de ratificación. Este Pacto Internacional de derechos civiles y políticos es un verdadero tratado: un acuerdo entre sujetosde derecho internacional, regido por dicho ordenamiento y sometido, en consecuencia, a la regla pacta sunt servanda, o sea "lo pactado obliga". Cada una de sus estipulaciones obliga a las partes y debe ser cumplida por éstas de buena fe, sin que puedan invocarse como justificación de su incumplimiento las disposiciones del derecho interno aDERECHO INTERNACIONALxPROTECCION aPACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS CIVILES Y POLITICOSxHISTORIA aTRATADOS aEscuela Superior de Administración Pública