Sistema acusatorio y prueba
Tipo de material:
TextoIdioma: Español Series Colección de Monografías de Estudios Jurídico-penales y ConstitucionalesDetalles de publicación: Bogotá : Ediciones Nueva Jurídica, 2004.Descripción: 78 p. 21 cmISBN: - 9589945725
- 21 345.05 M337s
| Tipo de ítem | Biblioteca actual | Colección | Signatura topográfica | Copia número | Estado | Código de barras | |
|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Libros | Sede Nacional | Colección general | 345.05 M337s (Navegar estantería(Abre debajo)) | 1 | Disponible | B'0000012207 |
Navegando Sede Nacional estanterías, Colección: Colección general Cerrar el navegador de estanterías (Oculta el navegador de estanterías)
Incluye bibliografía p. 77-78
Debido proceso probatorio penal
Elementos materiales probatorios, actos de investigación y pruebas
Evidencia demostrativa
Justificación del cambio del sistema
Prueba anticipada
Prueba de referencia
Visión panorámica del proceso y las pruebas
La justificación y los objetivos de este trabajo emergen meridianamente de su contenido y están a la vista, pue, a partir del 1o. de enero de 2005, deberá comenzar a operar el nuevo sistema acusatorio en Bogotá y otras regiones del país. Así, entonces, como sin pruebas no podría dinamizarse un juicio oral, y mucho menos puede ser actor del sistema quien no sepa ofrecerlas, producirlas o valorarlas, tales justificación y objetivos son un hecho notorio, pues en su desarrollo siempre hemos pensado en la angustia del investigador, el fiscal, el procurador, el imputado, el defensor y, obviamente, también en el juez que, sin duda, ya estarán preguntando cómo será su primer juicio oral. De igual manera, sólo una finada, técnica y respetuosa investigación, por medio de la cual se recauden los lementos materiales probatorios, como preformación y esbozo jurídico de la prueba, podrá impulsar a que el imputado o acusado haga su personal examen de responsabilidad y decida participar en las decisiones que lo afectan, conforme con el artículo 2o. de la Constitución Política, para entender que su mejor defensa podría estar en un preacuerdo o negociación con la Fiscalía, porque obtiene una significativa rebaja que humaniza la pena y, de esa manera, se propicia más fácilmente el restablecimiento del orden conturbado y la reparación integral de los perjuicios a la víctima, porque el sentenciado acepta libremente la condena
No hay comentarios en este titulo.
