Cláusula de exclusión y argumentación jurídica en el sistema acusatorio
Tipo de material:
TextoIdioma: Español Series Colección Lecciones del Sistema AcusatorioDetalles de publicación: Bogotá : Ediciones Jurídicas Andrés Morales, 2005.Descripción: xii, 142 p. 21 cmISBN: - 9583375934
- 21 345.05 C122c
- Herrera Calderón, Julián
| Tipo de ítem | Biblioteca actual | Colección | Signatura topográfica | Copia número | Estado | Código de barras | |
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| Libros | Sede Nacional | Colección general | 345.05 C122c (Navegar estantería(Abre debajo)) | 1 | Disponible | B'0000012271 | |
| Libros | Sede Nacional | Colección general | 345.05 C122c (Navegar estantería(Abre debajo)) | 2 | Disponible | B'0000012283 |
Incluye bibliografía p. 141-142
Argumentación jurídica en el sistema acusatorio
Cláusula de exclusión en el nuevo código de procedimiento penal
Herrera Calderón, Julián
El derecho procesal constituye el estándar con el que se mide la democracia de un determinado Estado. Sin embargo, las diferencias de los sistemas procesales radican en la manera como se regula la actividad probatoria, pues, verbi gratia, en lo que atañe al sistema inglés, donde impera el sistema acusatorio y, así mismo, el instituto del jurado para resolver todos los asuntos jurídicos, además de que la prueba es incorporada a una sola etapa (juicio), también lo es que la misma es objeto de estrictas reglas respecto a su admisión, por ejemplo, excluyen los testigos de oídas o de referencia (hearsay), situación que no acontece, por lo general, en aquellos de tradición romano-germánica y mixto, habida cuenta que en éstos existe una fase probatoria previa al debate público en la que se recolectan los medios de convicción y que posteriormente sustentarán la acusación y podrán ser objeto de anulación en el juicio oral, por razón de la forma como fueron obtenidos. En otras palabras , la manera como se practican y se aducen las pruebas al proceso es lo que le va a dar estructura y diferencia a cada uno de los sistemas procesales, motivo por el cual, mientras más exista libertad en la actividad probatoria, el Estado será de contenido democrático y, consecuentemente, el esquema del proceso es construido sobre la base la igualdad, la dignidad humana y del debido proceso y, por lo mismo, respetuoso de los derechos humanos fundamentales
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